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Diputados busca aprobar la ley contra el crimen organizado, con el respaldo de oficialistas y dialoguistas

Redacción Info Actual Por Redacción Info Actual
septiembre 30, 2024
en Política
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Diputados busca aprobar la ley contra el crimen organizado, con el respaldo de oficialistas y dialoguistas
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La Cámara de Diputados tratará de aprobar el martes, en una sesión especial, un proyecto de ley que busca luchar contra el crimen organizado, con el respaldo del oficialismo y de los bloques dialoguistas.  

 Uno de los datos relevantes de esa propuesta es que no solo se van agravar las penas a los delincuentes, sino de cualquier miembro de esa asociación ilícita que cometió ese crimen o atentado.  

 La Libertad Avanza (LAA) decidió incluir el tratamiento de esta iniciativa tras alcanzar un acuerdo con el PRO, la UCR, y la Coalición Cívica, cuyos principales dirigentes firmaron el pedido para ser tratada el próximo martes.  

 La sesión especial solicitada por el presidente de LLA, Gabriel Bornoroni, debatirá además de la Boleta Única de Papel, los proyectos de lucha contra el crimen organizado, y del programa de regularización de tenencias de armas y de entregada voluntaria de armas.  

 La ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, envió un paquete de proyectos para combatir el delito, entre los que figuran la baja de la edad de imputabilidad en el cual aún no hay acuerdo, y otro sobre los cambios en el Código Penal para luchar contra el crimen organizado y el narcotráfico.  

Las reformas del Código Penal propuestas en el proyecto sobre Crimen Organizado se aplicarán en delitos que involucren el narcotráfico, lavado de dinero, de personas, tráfico de órganos, tenencia ilegal de armas y explosivos.  

 Una de las modificaciones es que se contempla una pena de 8 a 20 años de prisión o reclusión, por la mera pertenencia a la asociación ilícita que cometa ese delito.   

En ese sentido se establece que la pena por el delito más grave que le corresponda a quien cometió el hecho, también se aplicará a todos los miembros de la organización solamente por pertenecer a ella.  

 Se considera que todos son partícipes necesarios para llevar a cabo el acto delictivo final. 

  La pena máxima que le corresponde al autor se podrá aplicar a cualquier miembro de la organización que «se valiera de la violencia física o de amenazas para el cumplimiento de sus fines»; o si los hechos se produjeran de manera «reiterada y ostensible en beneficio de la organización».

   Además, se aplicará si los delitos se produjeran para a «para amedrentar a la población en general o a ciertos sectores de la población, o para intimidar a las autoridades ejecutivas, legislativas y judiciales, o a las fuerzas armadas, fuerzas policiales y de seguridad». 

  También crea la figura de la Zona de Investigación Especial, con el objeto de establecer mecanismos de actuación ágiles para los diversos poderes del Estado, lo que posibilitará una respuesta más rápida y efectiva en el marco de la actuación operativa y de investigación.   

En ese contexto, cuando se declara la necesidad de una investigación especial, las fuerzas policiales y de seguridad federales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán detener a una persona por 48 horas para averiguación por la comisión de determinados delitos. 

  En caso de una investigación por una cantidad de delitos por tratarse de delincuencia transnacional la detención podrá tener hasta 15 días, con la posibilidad de que sea prorrogada con la autorización judicial correspondiente.

   Además, se podrá incautar mercadería presuntamente vinculada con la comisión de ilícitos, así como hacer requisas en las cárceles nacionales o provinciales.   

A lo largo del dictamen de mayoría se determina que podrá inmovilizar activos de personas humanas o jurídicas, previa orden judicial, cuando existieren sospechas de un vínculo con una organización criminal.  

 También los investigadores con previa orden judicial podrán realizar allanamientos sobre los domicilios de un área determinada. 

  Ante la urgencia los allanamientos podrán ser autorizados por el Ministerio Público Fiscal (MPF) por cualquier medio, dando inmediata noticia a la autoridad judicial competente que emitió la orden original.  

 Otra potestad que tendrán será interceptar llamados telefónicos, mensajería de redes sociales, plataformas virtuales y otras formas de comunicación, con orden de la autoridad judicial competente y mediante los sistemas que prevé la ley. 

  «Si la urgencia lo justificare, con el fin de no malograr una pesquisa, se podrá continuar la cadena de interceptaciones que surjan de las comunicaciones previamente interceptadas, con autorización del Ministerio Público Fiscal y dando noticia inmediata a la autoridad judicial competente, a disposición de la cual debe ponerse la pesquisa dentro de las veinticuatro (24) horas», señala el dictamen de mayoría.   T

En la sesión se debatirá el proyecto de regularización de tenencias de armas donde se otorgará un año para hacer el trámite para renovar los permisos que se hubieran vencidos, y en ese caso no tendrá ninguna sanción penal.  

 En ese sentido, el proyecto fija las personas que tuvieren armas de fuego de «uso civil» o sus repuestos principales, que «carezcan de registración anterior o que teniéndola hubiere devenido en irregular, deberán presentarse dentro de los trescientos sesenta (360) días de la entrada en vigencia de la presente ante la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC)».  

Dispone que luego de cumplir con las verificaciones técnicas y registrales correspondientes, se inscribirán los datos del material denunciado y de su poseedor en el Banco Nacional Informatizado de Datos de dicho organismo. 

 «Si las personas comprendidas en el párrafo primero del presente carecieran de la condición de legítimo usuario de armas de fuego en la categoría respectiva deberán iniciar el trámite presentando la solicitud junto con la autorización de tenencia del material correspondiente», se señala en el proyecto.   

Otro punto del proyecto es que se prorrogará hasta el 31 diciembre 2027 el Programa de Entrega Voluntarias de Armas, para entregar a cambio de un beneficio económico el arma no autorizada.   La entrega voluntaria y anónima de armas de fuego y municiones a cambio de un incentivo, en puestos de recepción serán inmediatamente inutilizadas, para luego ser destruidas.

fuente: NA

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